La accesibilidad, como su nombre lo indica, debe permitir a todas las personas el acceso a diferentes espacios, tanto en su hogar como en sitios públicos, eliminando barreras arquitectónicas. Y es que todos, absolutamente, en algún momento de nuestras vidas, necesitaremos del uso de un ascensor, de una rampa salvaescaleras, de una silla salvaescaleras. O de cualquier otro sistema, modificación, espacio o aparato que facilite el libre tránsito y la accesibilidad. Pero ¿qué pasa si en tu negocio, edificio o local no cuentas con un espacio accesible para personas con discapacidad? ¿Podrían multarte o sancionarte? Es lo que veremos a continuación.
Qué dicen las leyes sobre sanciones sobre falta de accesibilidad
En el título III del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, mediante el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, se trata sobre las sanciones sobre accesibilidad universal para personas con discapacidad. Lo que se busca es excluir o discriminarles mediante la penalización tanto en acciones como en omisiones. Esto incluye el incumplimiento de exigencias de accesibilidad, incluyendo que no se realicen las modificaciones requeridas.
Además, de acuerdo con la Ley 26/2011 (uso de los espacios comunes), señala es la comunidad quien debe realizar las adecuaciones necesarias para una accesibilidad universal (desde acceso a sus viviendas hasta el uso de elementos comunes para todos). Hay que mencionar que las CCAA y la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS), tienen mucho peso en cuanto a las sanciones a llevar a cabo, porque se encargan de emitir informe sobre denuncias. En este caso, de no contar con espacios accesibles para personas con discapacidad.
¿Hay sanciones sobre no disponer de espacios accesibles a personas con discapacidad?
Si estás incurriendo en acciones u omisiones que se consideren como infracciones en el citado Real Decreto Legislativo 1/2013 y en las leyes autonómicas que dicten su desarrollo, puedes ser denunciado. Ya sea por parte de la propia persona con discapacidad, por su familia, por un representante legal o incluso por organizaciones y asociaciones relacionadas. Esto aplica tanto a espacios públicos, edificaciones, bienes y servicios al público, administraciones públicas y de justicia, patrimonios culturales, telecomunicaciones y relacionadas, transporte, entre otros.
Las infracciones van desde leves (irregularidades meramente formales) hasta graves, que ya incluyen discriminación, omisión, incumplimiento con la accesibilidad, negativa de realizar cambios. O si se incumple con requerimientos administrativos o de la propia persona con discapacidad que entable o quiera entablar alguna acción legal. Las infracciones muy graves van desde acoso hasta incumplimiento reiterado de lo anterior y de la presión ejercida sobre autoridades en el ejercicio de potestades administrativas.
En cuanto a las multas por incumplimiento con falta de accesibilidad, acorde a lo antes mencionado (infracciones leves, graves o muy graves), van desde los 301 euros hasta el millón de euros.
Accesibilis: evita multas y sanciones onerosas por no contar con un espacio accesible a todos
Como hemos visto, la accesibilidad a todas las personas, en especial a quien padece de alguna discapacidad, es un tema preponderante y muy delicado. No solo afecta su calidad de vida y acciones cotidianas, sino que limita enormemente su vida y sus derechos, además de poder sufrir daños mayores. Por tu parte, te haces acreedor a multas y sanciones que pueden ser sumamente cuantiosas.
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